Andorra multará a los esquiadores de montaña que vayan por las pistas sin forfait

Andorra multará a los esquiadores de montaña que vayan por las pistas sin forfait

Esquí de montaña en Arcalís.

Sáb, 23/10/2021 - 07:51
El Gobierno ha entrado en trámite parlamentario con carácter de urgencia la nueva ley del esquí que deroga el reglamento del diciembre del año pasado que regulaba la práctica del skimo.
Ski Andorra presentó hace un año un forfait de temporada con seguro de todos los dominios esquiables del Principado para hacer actividades como esquí de montaña y raquetas de nieve. Era un reglamento para regular los deportes de nieve en las pistas, más allá del esquí alpino y el de fondo.
 
Ahora, el Gobierno andorrano ha decidido dar un paso más y ha entrado para su tramitación en el Parlamento, con carácter de urgencia, una nueva ley del esquí que deroga el reglamento anterior y, lo más importante, prevé sanciones económicas para los que practiquen esquí de montaña dentro de los límites de las estaciones de esquí sin un forfait, ya sea durante el día o de noche.
 
El precio del forfait de 'Skimo' sube esta temporada a 125 euros
 
El pase de temporada para practicar Skimo en las estaciones de esquí que se estrenó la pasada temporada y que se reedita este año con un precio superior. Si el año pasado se vendió a 100 euros, este año son 125 y con un 10% de descuento para los federados en la FAM.
 
Esquí de travesía en Grandvalira
 
El objetivo es que pueda ser de aplicación esta misma temporada
 
La Ley de las estaciones de montaña de Andorra establecerá competencias, responsabilidades y obligaciones de los centros de esquí/montaña y derechos y deberes de los usuarios. Por ahora, no hay una cifra exacta de cuánto costará la multa, pero el redactado ya da indicios claros en su articulado.
 
El texto de la ley de montaña ha entrado a trámite parlamentario este viernes con carácter de urgencia, según informa Andorra Difusió y no solo deroga el reglamento del diciembre pasado, sino que también sustituirá a la ley anterior en la materia, que tiene ya tiene 20 años y ha quedado desfasada.
 
La nueva ley entrada a trámite parlamentario incluye en su Artículo 31:
 
Infracciones y sanciones civiles
 
1. La práctica de cualquier actividad regulada en el dominio sin forfait, cuando el forfait sea preceptivo, conlleva la obligación del usuario de satisfacer un importe equivalente a tres veces el precio del forfait diario correspondiente la actividad efectuada.
 
2. Sin perjuicio de las responsabilidades penales que procedan, la utilización de un forfait por una persona distinta de su titular, o la manipulación del forfait para alterar las características de su emisión, o el consentimiento del titular para cualquiera de las conductas anteriores, conlleva la retirada inmediata y una sanción económica del triple de su valor.
 
3. En caso de una utilización abusiva o fraudulenta del forfait, el personal acreditado de la estación puede retirarlo inmediatamente y puede prohibir la utilización de las instalaciones y la circulación por las pistas, sin perjuicio de las acciones legales que pueda ejercer la estación.
 
4. El explotador niega el acceso al dominio y procede a la retirada o inutilización inmediata del forfait a los usuarios que incumplen las obligaciones que les imponen esta ley y el reglamento interno de la estación.
 
En el caso de la noche, obliga a utilizar accesorios reflectores y a llevar una linterna con un flujo de al menos 300 lúmenes. Prevé, además, un régimen sancionador, lo mismo que para los usuarios del forfait de esquí y que equivale a tres veces el precio del forfait diario de la actividad.
 
La ley también prohíbe el acceso de vehículos motorizados fuera de los circuitos establecidos, excepto los que utilizan las estaciones. También prevé la obligatoriedad del uso del casco para los menores de 12 años que practiquen el esquí alpino.
 
 
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